REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veinte de julio de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BP12-S-2005-002103
Vista la solicitud presentada por el ciudadano: JESUS MARIA MAITA NORIEGA venezolano, mayor de edad, y de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 8.968.325, asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de domicilio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en la avenida pinto Salinas del sector La Charneca N. 3 de El Tigre sobre un lote de terreno Municipal alinderadas de la siguiente manera: NORTE. Con la Avenida Pinto Salina que es su frente: SUR: Con casa de la señora Lesli Idrogo; ,ESTE: Con casa de Isaias Patete; OESTE ; Con casa que es o fue del señor Roger Rojas .- Dichas bienhechurias consistente de una casa de paredes de bloques de cemento ,techo de zinc, y piso de cemento.- El valor invertido es la cantidad de OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 800.000,oo) y teniéndose presente las declaraciones de los testigos, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y POR Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937, del Código de Procedimiento Civil, y dejándose a salvo los derechos de terceras personas pueden tener a prueba la mencionada justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce el ciudadano; JESUS MARIA MAITA NORIEGA ya identificado en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto devuélvanse las actuaciones a la interesada.-
La Juez Temporal
Abg. Elaina Gamardo Ledezma
La secretaria
Marianela Quijada Estaba.-
Constante de siete folios útiles se devuelven originales a la interesada.-
La secretaria
Marianela Quijada Estaba.-