REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veintiuno de julio de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BP12-S-2005-002207
Vista la solicitud presentada por el ciudadano CARLOS VICENTE GIL PINO venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 5.996.071, domiciliado en Anaco, Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, en una parcela de terreno,,ubicada en la calle San francisco del sector Las Vegas, casa s/n, de Anaco, Municipio Anaco del Estado Anzoátegui.- Alinderadas de la siguiente manera NORTE: Con calle San Francisco que es su frente: SUR: Con casa que es o fue de Vidal Díaz; ESTE: Con casa que es o fue de Yeixi Chauran y OESTE: Con casa que es o fue de Lennys Rosales .- Dichas bienhechurias consistentes una casa de paredes de bloques de cemento, techo de zinc, piso de cemento, puertas y ventanas de hierro.-.- El valor invertido en ella es la cantidad de DOCE MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 12.000.000,oo), este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce el ciudadano CARLOS VICENTE GIL PINO ya identificado, en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL
Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA
Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA
Se devuelven constante de ocho (8) folios útiles originales con sus resultas al interesado.-
LA SECRETARIA
Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA