REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, cuatro de julio de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BP12-S-2005-001691
Vista la solicitud presentada por el ciudadano: MARCOS ADRIAN BRICEÑO CARRASQUEL venezolano, mayor de edad, soltero y de este domicilio ,titular de la cédula de identidad Nº 8.634.175, asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de domicilio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en la calle en proyecto casa N. 15del sector El Chaparral de El Tigre del Estado Anzoátegui , sobre un lote de terreno Municipal alinderadas de la siguiente manera: NORTE. Casa de Maria Malaver: SUR: casa de Gisela Silva; ,ESTE: Casa de Luisa Silva y Gisela Silva; OESTE ; La calle en proyecto con casa de Maria Malaver .- Dichas bienhechurias consistente de una casa de paredes de bloques de cemento ,techo de zinc, piso de cemento- El valor invertido es la cantidad de UN MILLON DE BOLIVARES (Bs. 1.000.000,oo) y teniéndose presente las declaraciones de los testigos, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937, del Código de Procedimiento Civil, y dejándose a salvo los derechos de terceras personas pueden tener a prueba la mencionada justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce el ciudadana MARCOS ADRIAN BRICEÑO CARRASQUEL, ya identificada en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto devuélvanse las actuaciones a la interesada.-
La Juez Temporal
Abg. Elaina Gamardo Ledezma
La secretaria
Marianela Quijada Estaba.-
Constante de siete folios útiles se devuelven originales a la interesada.-
La secretaria
Marianela Quijada Estaba.-