REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, cuatro de julio de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BP12-S-2005-001956
Vista la solicitud presentada por el ciudadano LUIS JAVIER ORTIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8493952, domiciliado en Anaco Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, debidamente asistido por el abogado Gilberto Areyan, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 52940.- Désele entrada quedó anotado bajo el N° BP12-S-2005001956.- Seguidamente el Tribunal vista la solicitud, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicada en el cruce de la calle doce y democracia N° 4-A de la ciudad de Anaco, sobre un lote de terreno que mide diecisiete metros con ochenta centímetros (17.80mts) de largo por diez metros con ochenta centímetros (10.80mts) de frente .- Alinderadas de la siguiente manera NORTE: Casa que es o fue de Yadira Arreaza; SUR: Con la calle democracia.- ESTE: Con casa que es o fue de la ciudadana Dismunda Ballenilla y OESTE: Calle 12 que es su frente.- El valor invertido es la cantidad de CUATRO MILLONES DE BOLIVARES (4.000.000), éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce el ciudadano LUIS JAVIER ORTIZ, ya identificado, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL

ELAINA GAMARDO LEDEZMA

LA SECRETARIA

MARIANELA QUIJADA ESTABA
Se devuelven constante de siete (07) folios útiles originales con sus resultas al interesado.-
LA SECRETARIA