REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, ocho de julio de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO: BP12-S-2005-001965
Vista la solicitud presentada por el ciudadano OSCAR RAFAEL RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 9.817.772 domiciliado en Anaco, Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, en una parcela de terreno, ubicada en la calle Andrés Eloy Blanco casa s/n del sector Las Vegas de la ciudad de Anaco, Estado Anzoátegui.- Alinderadas de la siguiente manera NORTE: Con terreno que es o fue de Cruz Domingo Peña: SUR: Con callejón Guzmán Blanco; ESTE: Con callejón Guzmán Blanco y OESTE: Con terreno que es o fue de Francisco Lima.- Dichas bienhechurías consistentes una casa que consta de tres dormitorios, una cocina empotrada, una sala comedor, una sala recibo, una sala de baño, un lavadero, un garaje, un porche. De paredes de bloques de cemento, techo de zinc, piso de cemento, puertas y ventanas de hierro.-.- El valor invertido en ella es la cantidad de DIEZ MILLONES TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 10.300.000,oo), este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce el ciudadano OSCAR RAFAEL RODRIGUEZ ya identificadas, en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL

Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA

LA SECRETARIA

Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA
Se devuelven constante de ocho (08) folios útiles, originales con sus resultas al interesado.-
LA SECRETARIA
Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA.-