Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, once de julio de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO : BP12-S-2005-001193

Vista la solicitud presentada por el ciudadano ANTONIO JOSE VALENTINI, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.478.154, de este domicilio, y vistas asimismo, las declaraciones rendidas por los ciudadanos: CARLOS RAMON MENDOZA GONZALEZ y BERQUIS MARGARITA MAESTRE CABRERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 8.473.622 y 8.250.673, respectivamente, el Tribunal dejando en todo caso a salvo los derechos de terceros, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, las declara TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE, para asegurar los derechos aducidos por el postulante en la solicitud que corre por cabeza de las mismas y así se decide.-
LA JUEZ TEMPORAL,

Abg. ANA MARIA DEL CIOPPO PEREZ


LA SECRETARIA Acc,

Abg. MARYSAMIL LUGO ITANARE




Evacuadas como han sido las presentes actuaciones, se acuerda la devolución de los originales, previa su certificación en los autos.-


LA SECRETARIA Acc,