Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veintiuno de julio de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO : BP12-S-2005-001966
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO presentada por ante este Tribunal y recibida en fecha 29-06-2005, se observa que en la misma se hace referencia a las mejoras o bienhechurías donde el ciudadano RIXCI BERNARDO PEREZ ASTUDILLO, asistido por el Abg. Gilberto Areyan solicita se le declare TITULO SUFICIENTE. Este Juzgado habiendo verificado en sistema la existencia de cinco (5) TITULOS SUPLETORIOS signados N° BP12-S-2005-1847, BP12-S-2005-001379, BP12-S-2005-001378, BP12-S-2005-001041, BP12-S-2005-1044, recibidos en fecha 14-06-2005, 12-05-005, 12-05-2005, 14-04-2005 y 14-04-2005 respectivamente, de los cuales se desprende que tales solicitudes van referidas a las mismas mejoras y bienhechurías, que son solicitadas por el mismo ciudadano RIXCI BERNARDO PEREZ ASTUDILLO, asistido por el Abg. Gilberto Areyan. Razón por la cual este Tribunal NIEGA la admisión del presente TITULO SUPLETORIO y advierte a la parte que de constatarse en el sistema el ingreso de una nueva solicitud de TITULO SUPLETORIO por las mismas mejoras y el mismo solicitante, será participada dicha actuación al Tribunal Disciplinario del Colegio de Abogados respectivo.-
LA JUEZ TEMPORAL
Abg. ANA MARIA DEL CIOPPO PEREZ
LA SECRETARIA (Acc)
Abg. MARYSAMIL LUGO ITANARE
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