REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veintiséis de julio de dos mil cinco
195º y 146º
Vista la Solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS formulada por la Abogada LISETH RINCONES, Apoderada Judicial de los ciudadanos DOMINGO LUIS ARISMENDI, MARIA EUGENIA ARISMENDI y MILAGROS DE LOS ANGELES JIMENEZ ARISMENDI, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N°: 11.658.328, 13.257.118 y 18.513.843, respectivamente, y vista asimismo la consignación de la Partida de Nacimiento de la ciudadana ANDREA MARIA, mediante la cual manifiestan ser los Únicos y Universales Herederos de la extinta GLADYS ARISMENDI AGUILERA, quien falleció en la Vereda 60, N°: 6, Inavi de El Tigre, Estado Anzoátegui, el día once (11) de septiembre del año 1.997 y vistos los recaudos acompañados, así como las declaraciones de los testigos ciudadanos JOSE SILVESTRE MAITA TORMES y JOSE CLEMENTE LLOVERA GONZALEZ, titulares de la cédula de identidad N°: 5.472.928 y 12.013.962, respectivamente, el Tribunal dejando en todo caso a salvo los derechos de terceros, los declara UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la extinta GLADYS ARISMENDI AGUILERA y así se decide.-
LA JUEZ TEMPORAL.,
ANA MARIA DEL CIOPPO PEREZ.-
LA SECRETARIA Acc.,
MARYSAMIL LUGO ITANARE.-
Evacuadas como han sido las presentes actuaciones, el Tribunal acuerda la devolución de las mismas previa su certificación en los autos.-
LA SECRETARIA Acc.,
AMDELCP
ASUNTO: BP12-S-2004-000450
|