REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión el Tigre.
El Tigre, siete de julio de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BN11- L--2004-000013
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (PERENCION DE LA INSTANCIA)
JUICIO: LABORAL
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES
DEMANDANTE: RUTH JOSEFINA GARCIA LEIVA, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.940.422, asistida del abogado LUIS BELTRAN RINCONES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.087, de este domicilio.
DEMANDADO: CLINICA SANTA ROSA C. A., representada por el ciudadano: NAPOLEON JOSE LEDEZMA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 8.472.283, de este domicilio.-
APODERADO: NO CONSTITUYÓ
FECHA: 07-07-05
Por cuanto de la revisión de las actas que conforman la presente causa, observa este Juzgador que en el presente juicio, desde el último acto practicado hasta la presente fecha ha transcurrido más de SEIS (6) MESES, sin que ninguna de las partes haya instado procedimiento alguno; se declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en los Artículos 267 en su Ordinal 3ro y 269 del Código de Procedimiento Civil, y así se declara.
Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara EXTINGUIDA LA INSTANCIA, por haber ocurrido la perención en la presente causa.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia certificada de la presente decisión.
DADA, FIRMADA Y SELLADA en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. En la ciudad de El Tigre, a los Siete (07) días del mes de Julio del año Dos Mil Cinco. Años: 195º de la Independencia y 146º de la Federación.
EL JUEZ,
Abg. John José Pérez
LA SECRETARIA,
Abg. Ilmiflor Guevara Lista
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