REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dieciocho (18) de Julio de dos mil cinco
195º y 146º
ACTA

N° DE EXPEDIENTE: BP02-S-2005-001598
PARTE ACTORA: LUIS JOSÉ LÓPEZ, identificado en autos.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: No presentó.
PARTE DEMANDADA: RASACAVEN.
APODERADOS DE LAS PARTES DEMANDADAS: PABLO ALMEIDA y NORKY MORENO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 88.900 y 110.488, respectivamente.
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO.

En el día hábil de hoy, Dieciocho (18) de Julio de dos mil cinco (2005), siendo las 10:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno. Asimismo se deja constancia de la presencia de los abogados PABLO ALMEIDA y NORKY MORENO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 88.900 y 110.488, respectivamente, actuando como apoderados judiciales de la demandada, tal y como se evidencia de instrumento poder, el cual cursa a los autos, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de ésta Circunscripción Judicial, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 146 ° y 195 °.
La Juez Suplente


Abog. María Carmona Ainaga
Los Presentes,

La Secretaria,


Abog. Noemí Mogna