REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, doce de julio de dos mil cinco
195º y 146º

N° DE EXPEDIENTE: BP02-S-2005-001620
PARTE ACTORA: RAISSY EVELYN VASQUEZ NAEVAEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: DESCONOCIDO
PARTE DEMANDADA: CONFURCA, CONSTRUCTORA HERMANOS FURLANETO , C ,A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JOHANNA RINCONES y GERARDO SOTO
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO

En el día hábil de hoy doce de julio de dos mil cinco, siendo las 9:00 A.M., fue anunciado el acto por el alguacil a las puertas del Tribunal a las partes involucradas en la presente causa, oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar en el presente juicio; este Tribunal deja constancia que comparecieron a este acto los Abogados JOHANNA RINCONES y GERARDO SOTO, Inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 66.548 y 72.731, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la empresa demandada CONSTRUCTORA HERMANOS FURLANETTO, C.A. (CONFURCA), tal como consta de original y copia de poder a efectos de vista para que previa su certificación se a agregado a los autos y consignaron sus escritos de pruebas, igualmente se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE, REGISTRESE y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION. Años 146 ° y 195 °.
La Juez



Abg. YISSEIN LÓPEZ
La Secretaria,

Abg.Evelin Lara
Los presentes,