REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinte de julio de dos mil cinco
195º y 146º


N° DE EXPEDIENTE: BP02-S-2005-002387
PARTE ACTORA: Magvis Marcano Navarro
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: DESCONOCIDOS
PARTE DEMANDADA: DISTRIBUIDORA DE BEBIDAS MAR CARIBE, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: DISTRIBUIDORA DE BEBIDAS MAR CARIBE, C.A.
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO

En el día hábil de hoy 20 de Julio de 2005, siendo las 10:00 A.M., oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la incomparecencia de las partes. Por lo que de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial considera que resulta aplicable en forma analógica lo dispuesto en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, referente a la incomparecencia de ambas partes a la audiencia de Juicio y a tal efecto la aludida norma en su último aparte establece: “…Si ninguna de las partes compareciere a la audiencia, el proceso se extinguirá y así lo hará constar el Juez, en acta que inmediatamente levantará al efecto.”, por tal razón en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA EXTINGUIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE, REGISTRESE y DÉJESE LA PRESENTE DECISION. Años 146 y 195.
La Juez


Abg. YISSEIN LÓPEZ
La Secretaria,

Abg.María Carmona