REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, 27 de julio de dos mil cinco
195º y 146º
N° DE EXPEDIENTE: BP02-L-2004-001213
PARTE ACTORA: LIONEL OSWALDO DURAN GIL
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ROXANA REYES
PARTE DEMANDADA: ETT KC CONSULTORES RHE C,A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ROBERTO WILLIAMSON
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy veintisiete de julio de dos mil cinco, siendo las 1:30 P.M., oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, fue anunciado el acto por el alguacil a las partes involucradas en la presente causa; se deja expresa constancia de que la parte actora ciudadano LIONEL DURAN, titular de la cédula de identidad Nro.7.273.187, no compareció a la realización de la prolongación de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por medio de apoderado alguno, se deja constancia que sólo hizo acto de presencia el Abogado ROBERTO WILLIAMSON HERNÁNDEZ, Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.100.162, en su carácter de apoderado judicial de la empresa: ETT KC CONSULTORES RHE C,A., tal como consta al folio 20 del presente expediente, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE, REGISTRESE y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION. Años 146 ° y 195 °.
La Juez
Abg. YISSEIN LÓPEZ
La Secretaria,
Abg.María Carmona
Los presentes,
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