REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiuno (21) de julio de dos mil cinco
195º y 145º
AUDIENCIA DE JUICIO

ASUNTO: BP02-L-2004-001020
PARTE ACTORA: JOSE MIGUEL RENGEL RONDON, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 8.295.869.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ARMANDO OROCOPEY, EDGARD CELESTINO ALMEIDA, RAUL ELIANTONIO BERMUDEZ y MARIANA FIGUEROA, inscritos en el I.P.S.A. bajo los No. 71.180, 109.031, 106.494 y 106.496, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: BONGO CLUB PRIVADO, C.A; inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 27 de Enero de 2003, bajo el No.48, Tomo A-01.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: Los abogados RICARDO CASTILLO SERRANO, ANA CAPAFONS MIRANDA y PABLO ALMEIDA, inscritos en el IPSA bajo los Nros.88.068, 88.161 y 88.900, respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En horas de despacho del día de hoy, veintiuno (21) de julio de dos mil cinco (2005), reunidos en la Sala de Audiencias de los Tribunales Laborales, del Palacio de Justicia, siendo las dos de la tarde (02:00 p.m.) día y hora, fijada para que tenga lugar la Audiencia de Juicio en la presente causa, seguido por el ciudadano JOSE MIGUEL RENGEL RONDON, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 8.295.869, contra la empresa BONGO CLUB PRIVADO, C.A. Se constituye de conformidad con lo previsto en el artículo 16 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Presidido por la Juez, Abog. MARIA AUXILIADORA CHAVEZ, la Secretaria Abog. ROMINA VACCA y el Alguacil JOSE CARABALLO, razón por la cual se abre la sesión y se da inicio a la Audiencia de Juicio. Posteriormente la Ciudadana Juez ordena a la Secretaria informar el motivo de la presente Audiencia y dejar constancia de la presencia de las partes. Seguidamente la Secretaria dio cuenta a la Ciudadana Juez del objeto de la presente Audiencia. Asimismo deja constancia de la incomparecencia del ciudadano JOSE MIGUEL RENGEL, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 8.295.869 y de sus apoderados judiciales. Asimismo se deja constancia de la presencia de la demandada BONGO CLUB PRIVADO, C.A; a través de sus apoderados judiciales, los abogados PABLO ALMEIDA y ANA CAPAFONS, inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nos.88.900 y 88.161, respectivamente. Acto seguido, la ciudadana Juez, vista la incomparecencia de la parte actora, declara el desistimiento de la acción, y terminado el proceso, conforme al artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Igualmente se deja constancia que la presente audiencia se reprodujo en forma audiovisual de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, con una cámara marca SONY, mini DV, serial Nº 440990, manipulada por el técnico audiovisual adscrito a la Coordinación Judicial de esta Circunscripción Judicial, ciudadano DARWIN VASQUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 8.283.339. Se declara concluida la Audiencia de Juicio. Siendo las 2:05 p.m. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ,

MARIA AUXILIADORA CHAVEZ

APODERADOS DE LA DEMANDADA

LA SECRETARIA

ABOG. ROMINA VACCA