REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Primero Transitorio Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiuno de julio de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO: BC0A-L-2000-000046
Vista la diligencia de fecha uno (01) de marzo de 2001, presentada por la parte actora ciudadano JULIO CESAR CURBATA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.854.194, asistido por el abogado FREDDY PATETE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 17.786, por una parte y por la otra el abogado RACHID MARTINEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 10.923, en su condición de apoderado judicial de la sociedad mercantil SERVICIOS PETROLEROS FLINT C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, bajo el N° 25, Tomo 49, en fecha 20 de mayo de 1987; mediante la cual solicitan la Homologación de la referida Transacción, inserta al folio ciento siete (107) del presente expediente. Este Tribunal, por cuanto lo solicitado no es contrario a derecho y la transacción no versa sobre materias en las cuales este prohibida, le imparte su homologación en toda y cada una de sus partes, conforme a lo dispuesto en el numeral 2 del Artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el parágrafo Único del Artículo 3 de la Ley del Trabajo y el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dándole carácter de cosa Juzgada. Se ordena el archivo del presente expediente. Regístrese. Guárdese copia certificadas de la presente homologación. Cúmplase.
La Juez Temporal,

Abg. Carmen Cecilia Fleming
La Secretaria,

Abg. Lourdes C. Romero H.

En esta misma fecha, siendo las 9:05 am, se publicó la anterior decisión y se dió cumplimiento a lo ordenado. Conste.
La Secretaria,

Abg. Lourdes C. Romero H.