REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, once de julio de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BP02-S-2005-001702

Definitivamente firme como ha quedado la anterior Sentencia de DIVORCIO, dictada por éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio Nº 01, procédase a su ejecución a los efectos de los Artículos 475 y 507 del Código Civil, expídase copia certificada de la Sentencia con inserción de la anterior diligencia y del presente auto, en consecuencia éste Tribunal, acuerda hacer entrega de las copias certificadas de la Sentencia. Remítase los oficios correspondientes a los organismos competentes a los fines legales consiguientes. Asimismo se acordó la devolución de los documentos originales, previa su certificación por Secretaria, y la remisión del presente Expediente al Archivo Judicial, para su archivo definitivo. Cúmplase.
LA JUEZ UNIPERSONAL. SALA Nº 01.


Dra. GLADYS SANCHEZ de GUZMAN.

LA SECRETARIA,


Abg. ODALIS MARIN MAITAN.

En la misma fecha del auto anterior se cumplió lo ordenado en él. Conste.

LA SECRETARIA,


Abg. ODALIS MARIN MAITAN.