REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, once de julio de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO : BP02-S-2005-002647

Por recibido la anterior solicitud de DISPOSICION DE BIENES, propuesta por la ciudadana NIRIA TERESA GONZALEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 14.316.523, asistida por la Abogada en ejercicio MILAGROS RODRIGUEZ FERMIN, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 95.425, actuando en representación de su hijo JOSE ANGEL MENDEZ SALAZAR, de dos (02) años de edad actualmente, junto con los recaudos que en ella se mencionan todos constante de diecisiete (17) folios útiles Désele entrada. Fórmese expediente y anótese en los Libros respectivos. Y por cuanto la misma no es contraria a derecho, el Tribunal la Admite. Asimismo este Tribunal acuerda Notificar a la Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial del inicio de la presente solicitud. Librese Boleta de Notificación. Ofíciese al Departamento de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, Caracas, Distrito Federal, a los fines de que remitan en Cheque de Gerencia a nombre de este Tribunal la Cuota Parte de las Prestaciones Sociales que le corresponden al niño ANLLEL MENDEZ, como heredero de su difunto padre ciudadano JOSE ANGEL MENDEZ SALAZAR, quien era venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 8.395.145. Librese Oficio. Asimismo se le informa que se ha Autorizado suficientemente a la ciudadana NIRIA TERESA GONZALEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 14.316.523, para que retire el o los Cheques. Cúmplase.
LA JUEZ UNIPERSONAL 02

DRA. ANA JACINTA DURAN



LA SECRETARIA ACC



ABOG. LORELYS FIGUEROA


En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.

LA SECRETARIA ACC



ABOG. LORELYS FIGUEROA

AJD/CA