REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL


ASUNTO : BP02-V-2005-000860

Por recibida la anterior solicitud de GUARDA y CUSTODIA, propuesta por la ciudadana LORYANA DECENA RAMIREZ, Fiscal Decimotercera (e) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, actuando en nombre y representación del niño MARCO XXXXXXXXXXXXXX, junto con los recaudos que en ella se mencionan, todos constante de un (01) folio útil y tres (03) anexos. Désele entrada.- Admítase. Fórmese expediente.- En consecuencia, cítese al Ciudadano MARCO JOSÉ RIZALEZ HERNANDEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.304.766, domiciliado en: La Urbanización Los Jabillos, Edificio 07, Apartamento 2-2, Guanta, Municipio Guanta del Estado Anzoátegui, para que comparezcan por ante éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 02, al tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, en horas comprendidas de ocho y treinta (8:30.am) de la mañana y doce y treinta (02:30. m) de la tarde, a los fines de exponer sus alegatos con relación a la presente demanda. Líbrense Boletas. Asimismo se ordena la realización de Sendos Informes Sociales en el hogar de los Ciudadanos MARCO JOSÉ RIZALEZ HERNANDEZ y CARMEN ELENA PEREZ GARCIA, además de de Evaluación Psicológica a los mismos, comisionándose suficientemente al Equipo Multidisciplinario adscrito a este Tribunal. Se le ADVIERTÉ a las partes que en la misma oportunidad del Acto de Contestación se verificará el Acto Conciliatorio, a las 10:30 am. Igualmente por cuanto la parte solicitante manifiesta que desconoce el domicilio de la madre del niño de autos ciudadana MARIZOL LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.028.019, se acuerda oficiar a la ONIDEX, a los fines de que informe a este Tribunal el último domicilio y movimiento migratorio de la ciudadana MARIZOL LOPEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.028.019. Librese boleta y oficios.-
LA JUEZ PROVISORIA UNIPERSONAL N° 02.

DRA. ANA JACINTA DURAN.


LA SECRETARIA Acc.

Abog. LORELYS C. FIGUEROA.
En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.-
LA SECRETARIA Acc.

Abog. LORELYS C. FIGUEROA.


AJD/Mary C.