REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinte de julio de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BP02-V-2005-000899
Por recibida la anterior solicitud de REGIMEN DE VISITAS, propuesta por el ciudadano JUAN CARLOS HIDALGO FILIPPI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.263.107, debidamente asistido por la Abogada en ejercicio NELLY PEROZO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 41.415, en representación del niño JUAN ALEJANDRO HIDALGO BELLO, de Un (01) año de edad, junto con los recaudos que en ella se mencionan todo constante de Diecisiete (017) folios útiles. Désele entrada. Admítase. De conformidad con el articulo 387, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia, cítese a la ciudadana MARIA ALEJANDRA BELLO MATA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.294.517, domiciliada en Residencias Madre Vieja, Torre B, Apartamento 21-B, Piso II, Lechería, Estado Anzoátegui, por medio de boleta para que comparezca por ante esta Sala de Juicio N° 01, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui, al tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación a los fines de que exponga lo que crea conveniente en la presenta tramitación. Se le advierte a las partes que en la misma oportunidad se verificara un acto conciliatorio a las 10:30 a.m., entréguesele al Alguacil asignado a este Despacho, a los fines de que practique la citación de la ciudadana MARIA ALEJANDRA BELLO MATA, quien se encuentra domiciliada en esta Jurisdicción. Asimismo se acuerda practicar sendos Informes Sociales en los hogares de los ciudadanos MARIA ALEJANDRA BELLO MATA y JUAN CARLOS HIDALGO FILIPPI, asimismo practicar evaluaciones psicológicas y psiquiátricas, a dichos ciudadanos, a través del Equipo Multidisciplinario de este Despacho. Librese boleta de notificación a la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público del Estado Anzoátegui. Líbrese boletas. Cúmplase.-
LA JUEZ UNIPERSONAL N° 01.
Dra. GLADYS SANCHEZ de GUZMAN.
LA SECRETARIA,
Abg. ODALIS MARIN MAITAN.