REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, cuatro de julio de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BP02-S-2005-002592

Por recibida la anterior solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, propuesta por la ciudadana: MARIA DE LOURDES VASQUEZ SARMIENTO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 8.224.515. de este domicilio, debidamente asistida por la Abogada MARISELA ORDAZ DE ROJA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 82.316.en representación de NEREIDA DEL VALLE, MOISES JOSE GIL VASQUEZ CELIA DEL VALLE GIL VASQUEZ, titulares de las cedulas de identidad Nº V- 14.931.422, 15.678.241, y 15.678.236, respectivamente; y tres (03) menores de edad, identificado como: CESAR EDAURDO GIL VASQUEZ, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 22.570.671, JOSE MANUEL GIL VASQUEZ y MARINES DEL CARMEN GIL VASQUEZ, de diecisiete (17), nueve (09) y siete (07) años de edad respectivamente, en el cual solicitan que se le declare UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del ciudadano MOISES JOSE GIL GARCIA, (difunto), quien era venezolano, mayor de edad y fuera portador de cédula de identidad Nº V-8.302.119; y por cuanto la misma no es contraria a derecho, este Tribunal LA ADMITE.- Désele entrada.- Fórmese expediente.- En consecuencia, a los fines de proveer sobre lo solicitado éste Tribunal acuerda: 1) Tómese declaración a los testigos que a bien tenga presentar la solicitante. 2) Notifíquese a la Fiscal Undécimo del Ministerio Público del inicio del presente procedimiento.- Líbrese boleta de notificación. 3) Oír la opinión de la adolescente en autos, de conformidad con lo establecido en el artículo 80 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.-
LA JUEZ PROVISORIO UNIPERSONAL Nº 02.

DRA. ANA JACINTA DURAN.

LA SECRETARIA. Acc
ABOG. LORELYS CAROLINA FIGUEROA.

En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.-

LA SECRETARIA. Acc

ABOG. LORELYS CAROLINA FIGUEROA.
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ADJ/ Carmen