REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

En fecha 03 de junio de 2005, se recibió de la Unidad de Recepción de Documentos (URDD) el presente Recurso de Apelación intentado por el ciudadano Wilfredo José Caruto, asistido por el Abogado William Uribe, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 54.049, contra la decisión dictada en fecha 02 de junio de 2005 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en la demanda de Incumplimiento de Contrato e Indemnización de Daños y Perjuicios intentado en fecha 02 de mayo de 2005 por el ciudadano Wilfredo José Caruto, asistido por el abogado William Gustavo Uribe contra el ciudadano Luis Esteban Luque Rojas. El Tribunal observa que la causa en cuestión está planteada por Incumplimiento de Contrato e Indemnización de Daños y Perjuicios; materia en la que este Juzgado Superior no tiene competencia, pues su competencia civil se limita al conocimiento de la materia de bienes. Advertido lo anterior, y siendo evidente que el envío de la causa a este Tribunal se debe a una asignación errónea por el sistema JURIS2000, se declina la competencia en el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. Remítase el expediente.
Pronunciamiento que formula este Juzgado Superior en nombre de la República y por autoridad de la Ley. Déjese copia certificada.-

El Juez Provisorio,


Abog. Antonio Marcano Campos
La Secretaria,

Abog. Mariela Trías Zerpa