Vista la diligencia de fecha 25 de Mayo de 2005, suscrita por la Abogada Alexandra Hernández (I.P.S.A. Nº 53.829), actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano Álvaro Jiménez, parte accionante, mediante la cual desiste de la acción y del procedimiento contenido en la presente causa por cuanto en fecha 20 de mayo de 2005, su representado y la empresa T.S.C., C.A. celebraron transacción en el expediente signado con el Nº BP02-L-2005-000429, cursante en el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui; este Juzgado Superior HOMOLOGA el desistimiento formulado, por no ser contrario a derecho. En consecuencia, ordena la remisión del presente expediente al Archivo Judicial de esta Circunscripción Judicial. Pronunciamiento que formula este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Déjese copia certificada. (Expediente signado con el Nº BP02-O-2004-000203).
El Juez Provisorio,
Abog. Antonio Marcano Campos
La Secretaria,
Abog. Mariela Trías Zerpa
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