Vista la diligencia suscrita por el ciudadano José Luis Marrero, titular de la cédula de identidad No. 13.163.434 (parte demandante), debidamente asistido por el Abogado Carlos Guaicara, IPSA No. 42.416, mediante la cual DESISTE de la presente demanda por cobro de diferencia de prestaciones sociales que incoara contra la Alcaldía del Municipio San Juan de Capistrano del Estado Anzoátegui, y asimismo, solicita le sea entregada la cantidad de dinero consignada por el Síndico Procurador Municipal de dicho Municipio el día 18 de junio de 2002, la cual se encuentra depositada en la cuenta de ahorro No. 0003-0051-95-0100414387, del Banco Industrial de Venezuela a nombre de este Tribunal; en consecuencia, este Juzgado Superior HOMOLOGA el desistimiento de la demanda, por no ser contrario a derecho. Se ordena oficiar al Gerente del Banco Industrial de Venezuela, a los fines de solicitarle la cancelación de dicha cuenta de ahorro y hacerle entrega al ciudadano José Luis Marrero de los fondos allí depositados con sus respectivos intereses generados a la fecha. Cumplido lo ordenado, se ordena remitir el presente expediente al Archivo Judicial.
Pronunciamiento que formula este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley. Déjese copia certificada.

El Juez Provisorio,

Abog. Antonio Marcano Campos.
La Secretaria,

Abog. Mariela Trías Zerpa.