En fecha 24 de septiembre de 2001 se dictó sentencia que declaró PARCIALMENTE CON LUGAR el amparo propuesto por el ciudadano Abdullah Drika Balady contra sentencia emanada del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. En fecha 12 de noviembre de 2002 la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara SIN LUGAR la apelación interpuesta y CONFIRMA el fallo objeto de apelación. En virtud del tiempo transcurrido desde el proferimiento de la sentencia definitivamente firme, este Juzgado Superior ordena la remisión del expediente al Archivo Judicial. Déjese copia certificada. Remítase el expediente.-
El Juez Provisorio,
Abog. Antonio Marcano Campos
La Secretaria,
Abog. Mariela Trías zerpa.