REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

Barcelona, 8 de Junio de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2001-001218
ASUNTO : BP01-P-2001-001218


Vista la solicitud presentada por el Dr. LEONARDO REYES, en su carácter de Fiscal Noveno Auxiliar del Ministerio Público de éste Estado, mediante la cual pide a éste Despacho se decrete el Sobreseimiento de la causa a favor del ciudadano JEISON HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad números 16.778.895, por el delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes, cometido en perjuicio de La Colectividad; todo de conformidad con lo pautado en el numeral 4 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal; éste Tribunal de Control Nro. 02 para decidir observa:

Se desprende del Acta Policial de fecha 25-06-01, suscrita por funcionarios adscritos a la Policía del Municipio Sotillo, que practican la detención del ciudadano JEISON HERNANDEZ, en la calle Las Garzas del Cerro Las Nieves de la ciudad de Puerto La Cruz, incautándole 18 mini-envoltorios de papel aluminio contentivo de una sustancia que según el Dictamen Pericial resultó ser 01 gramo con 98 centésimas de Cocaína Base; sin embargo, se evidencia que al momento de la incautación de tal sustancia, los funcionarios actuantes en el procedimiento no se hicieron acompañar de testigo alguno; por lo que a criterio de ésta Instancia Penal, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación; no habiendo bases para que el Ministerio Público solicite el enjuiciamiento del imputado de autos, lo ajustado a derecho es decretar el Sobreseimiento de la causa conforme al artículo 318, numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal; declarándose así con lugar la solicitud Fiscal y así se decide.

DISPOSITIVA

Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, con funciones de Control Nro. 02, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: Con Lugar la solicitud presentada por el Dr. LEONARDO REYES, en su carácter de Fiscal Noveno Auxiliar del Ministerio Público de éste Estado; en consecuencia, se decreta el Sobreseimiento de la causa conforme al artículo 318, numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano JEISON HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad números 16.778.895, por el delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes, cometido en perjuicio de La Colectividad; decisión ésta que una vez definitivamente firme, pondrá término al procedimiento, con el carácter de Cosa Juzgada, haciendo cesar todas las Medidas de Coerción que hubieren sido dictadas. Regístrese. Notifíquese a las partes.
EL JUEZ DE CONTROL Nro: 02.

Dr. JOSE FRANCISCO MOLINA.

LA SECRETARIA.

Abg. MARY MARTINEZ.