REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 30 de Junio de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2004-003056
ASUNTO : BP01-S-2004-003056
Vista la solicitud presentada por la ciudadana KATIUSKA BOLIVAR LEON , en su caràcter de Fiscal Tercero del Ministerio Público de esta circunscripciòn judicial, en la cual pide se decrete el sobreseimiento de la presente causa seguida en contra de los ciudadanos TONY DEBIEE KNEIFATS con cédula de identidad V-14.653.386 en perjuicio del ciudadano RANIEL CACERES por la comisiòn de delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el artìculo 418 del Código Penal vigente para el momento de los hechos, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 3° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Este Tribunal a los fines de decidir observa:
La presente investigación se inició el 8 de enero de 2001, en virtud de la declaraciòn rendida por el ciudadano RANIEL JOSE CACERES CONDE, en el acta de entrevista que riela al folio trece del expediente, quien expone:
“...saliendo del estacionamiento del Caribean Mool hacia el maremare cuando cruzo la avenida Americo Vespucio Fuy embestido por una piku que venìa en sentido mare mare hacia Hosteria el morro a alta velocidad impartiendo en mi unidad en la puerta trcera del lado... Es todo”
Consta en las actas que conforman el presente expediente los siguientes elementos de convicciòn:
- Se evidencia del folio cuatro (4) Reconocimiento Mèdico Legal en la persona de RANIEL JOSE CACERES, realizada por el Mèdico Forense Dr. NUMAN AVILA donde señala traumatismo craneano con edema en regiòn frontal izquierda y herida sin sutura en pabellòn auricular izquierda.
- Se desprende de los folios ocho (8) y nueve nueve (9) y sus vtos, Reporte de Accidentes emanado del Servicio Autonomo de Transporte y Trànsito Terrestre por el Cuerpo de Vigilancia de Trànsito Terrestre.
- Acta Policial que riela al folio diez (10).
- Croquis del accidente folio doce (12).
-Actas de Avalùo suscrita por el Perito valuador MIGUEL JOSE CENTENO, a los vehìculos examinados, folios veintiseis (26) y treinta y dos (32)
Una vez analizadas las actas que conforman el presente expediente, este Tribunal observa que los hechos que dieron origen a la investigaciòn se subsumen en el delito de LESIONES PERSONALES LEVES, el cual se encuentra previsto y sancionado en el artìculo 418 del Codigo Penal vigente para el momento de los hechos, el cual establece una pena de arresto tres (3) a seis (6) meses de prisiòn en perjuicio del ciudadano RANIEL JOSE CACERES.
Por su parte, cabe resaltar el contenido del ordinal 6º del artículo 108 del Código Penal el cual es del tenor siguiente: “… por un año, si el hecho punible sòlo acarreare arrestro por tiempo de uno a seis meses...” ; así pues, se observa que si bien es cierto se encuentra demostrada la materialidad del hecho en base a los elementos de convicción habidos en el presente caso no es menos cierto que la acciòn penal para perseguirlo y sancionarlo se encuentra evidentemente prescrita, de conformidad con la norma antes descrita; observando que desde el inicio de la investigaciòn hasta la presente fecha ha transcurrido un lapso superior de cuatro (4) años. Dicho lo anterior, se procederá a declarar CON LUGAR la presente solicitud fiscal y en consecuencia, se DECRETARÁ EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra de los ciudadanos TONY DEBIEE KNEIFATS con cédula de identidad V-14.653.386, de conformidad con lo preceptuado en el ordinal 3º del artículo 318 del Còdigo Orgànico Procesal Penal, en concordancia con el ordinal 8º del artìculo 48 ejusdem y ASÌ SE DECIDIRÁ.
RESOLUCIÒN
En fuerza de los fundamentos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL 3º DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ANZOÀTEGUI administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la presente solicitud fiscal y en consecuencia, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra del ciudadano TONY DEBIEE KNEIFATS con cédula de identidad V-14.653.386, de conformidad con lo preceptuado en el ordinal 3º del artículo 318 del Còdigo Orgànico Procesal Penal, en concordancia con el ordinal 8º del artìculo 48 ejusdem por la comisiòn de delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el artìculo 418 del Código Penal vigente para el momento de los hechos.
Publìquese, regístrese y notifíquese las partes la presente decisión.
LA JUEZ N°3 DE CONTROL,
MAGALY BRADY URBAEZ.
LA SECRETARIA,
ESNERLAIDA REYES