ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2003-006431
ASUNTO : BP01-S-2003-006431

Vista la solicitud de Sobreseimiento de la causa consignada por el Fiscal del Ministerio Público para el Régimen Procesal Transitorio de esta Circunscripción Judicial, conforme a los artículos 108, ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal, 34, ordinal 10° de la Ley Orgánica del Ministerio Público, 318, ordinal 3°, 48 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal y 108, ordinal 5° del Derogado Código Penal, el proceso incoado en contra de imputados: LUIS ERNESTO CARMONA BOADA, titular de la cedula de identidad nº 10.299.256, JUAN FRANCISCO CARMONA BOADA, titular de la cedula de identidad nº 12.834.868, y JHONATAN EUGENIO GONZALEZ, titular de identidad nº 11.738.138, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, penado en el artículo 415 del Código Penal, en perjuicio de CARLOS MANUEL NEGRON; este Tribunal, para decidir al respecto, observa:

Los hechos que nos ocupan se suceden el 11 de enero de 1995, en virtud de denuncia interpuesta por CARLOS MANUEL NEGRON , en el cual expuso que los ciudadanos LUIS ERNESTO CARMONA BOADA, FRANCISCO CARMONA BOADA, y JHONATAN EUGENIO GONZALEZ , lo agredieron y lo golpearon por todo el cuerpo y tratándose del delito de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, penado en el artículo 415 del Código Penal y con un lapso de prescripción de tres (3) años, de acuerdo a lo dispuesto en el ordinal 5° del artículo 108 Ejusdem, y en virtud de haber transcurrido un lapso de más de ocho (08) años, desde la fecha en que se perpetrara el ilícito penal perseguido, sobrepasando en exceso el lapso de prescripción aplicable, se debe concluir que la petición Fiscal se encuentra ajustada a Derecho y se procede en consecuencia a decretar el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, por haber operado la prescripción de la acción penal, de acuerdo a los artículos 318, ordinal 3°, 48, ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 108, ordinal 5° del Derogado Código Penal y así se decide.-

DISPOSITIVA
Este Tribunal de Primera Instancia en Función Cuarto de Control del Circuito Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Le, DECLARA CON LUGAR la solicitud de SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, presentada por la parte Fiscal, en la causa incoada en contra de, LUIS ERNESTO CARMONA BOADA, titular de la cedula de identidad nº 10.299.256, JUAN FRANCISCO CARMONA BOADA, titular de la cedula de identidad nº 12.834.868, y JHONATAN EUGENIO GONZALEZ, titular de identidad nº 11.738.138, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, cometido en perjuicio de CARLOS MANUEL NEGRON, de acuerdo a los artículos 318, ordinal 3° y 48, ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 108, ordinal 5° del Derogado Código Penal.
Regístrese, notifíquese y déjese copia.
LA JUEZ DE CONTROL 04,

DRA. FREYA RODRIGUEZ DE LOPEZ.

EL SECRETARIO,

ABG. RAMON MOISES FERNANDEZ ORAA.