REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Ejecución de Barcelona
Barcelona, 17 de Junio de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2002-000012
ASUNTO : BP01-P-2002-000012
Definitivamente firme como ha quedado la sentencia dictada en fecha: 30-03-2005, por el Tribunal de Juicio N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, mediante la cual ABSUELVE al ciudadano LUIS MANUEL GUAIPO, titular de la cédula de identidad N° 14.101.442, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo previsto y sancionado en el articulo 460 del Código Penal, y PORTE ILICITO DE ARMA, tipificado en el articulo 278 Ejusdem, de conformidad con el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal.
En consecuencia, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, ACUERDA LA IMEDIATA EJECUCION DE LA SENTENCIA ABSOLUTORIA, de fecha 24-05-05, la cual riela a los folios ciento treinta y seis (136) al ciento cuarenta y seis (146) de la presente causa.-
Líbrese oficio al Jefe de la División de Antecedentes Penales del Ministerio de Interior y Justicia. Caracas y al Director de la Oficinal Nacional de Identificación y Extranjería del Ministerio de Relaciones Interiores, a objeto de que elimine las solicitudes de captura que pesen sobre la referida penado y sean excluido de las pantallas de los organismos policiales, en la presente causa.-
Notifíquese al Fiscal 1° de Ejecución y Sentencia de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Dr. JOSÉ LUIS AZUAJE BENÍTEZ, a la Defensa, Dra. ROSA ALACAYO, así como al ciudadano LUIS MANUEL GUAIPO.
Remítase la presente causa en su forma original al Jefe del Archivo Judicial, a los fines de su cuido y archivo. Cúmplase.
EL JUEZ DE EJECUCION N° 02.

DR. JOSÉ DELFÍN CARRILLO GARCÍA
LA SECRETARIA.,

ABG. JENNIFER GÓMEZ

JDCG/mer.