REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, trece de junio de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BP02-F-2004-000305
Visto el CONVENIMIENTO de fecha 03 de Junio del año 2.005, suscrito por el ciudadano LUIS JOSÉ BRICEÑO CRUZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.302.793, en su carácter de parte demandante en el presente juicio, por una parte, y por la otra, la ciudadana OFELIA DEL ROSARIO LASCANO SULBARÁN, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-8.347.236, en su carácter de parte demandada, asistidos por los Abogados en ejercicios PEDRO CARVAJAL y JOSÉ APONTE MUÑÓZ, de este domicilio e inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 88.857 y 41.367, respectivamente, el Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo 202 Ejusdem, HOMOLOGA el presente convenimiento, en los mismos términos y condiciones suscrito entre las partes, y procede a suspender el presente juicio por un lapso de tres (03) días de despachos, contados a partir del día 03 de Junio del año 2.005. Así se decide, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley.
El Juez, Temporal.
Henry Agobian Viettri.
La Secretaria Temporal,
Haidee Romero Flores.
HAV/jca.-
|