REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, catorce de junio de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BP02-M-2004-000331
Vista la diligencia de fecha 06 de Junio de 2.005, suscrita por la Dra. RAINOA MARTINEZ MORFFE, abogada en ejercicio e inscrita e el Inpreabogado bajo el N° 91.828, en su carácter acreditado en autos, y visto el contenido de la misma, este Tribunal acuerda de conformidad, en consecuencia, y de conformidad con lo establecido en el Artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, ordena reponer la presente causa al estado de nueva admisión, dejando nulos y sin efectos todo lo actuado desde el 09 de Noviembre de 2.004. Así se decide en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.
El Juez Provisorio,
Abog. Jesús Martínez Gago
El Secretario Temporal,
Abog. Jesús Anastacio González.
JMG/lorena.-