Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecisiete de junio de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO : BP02-V-2004-000762

Vista la diligencia que antecede, suscrita en fecha 14 de junio de 2.005, por el Abogado GABRIEL MAZZALI ALDANA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 89.652, en su carácter de apoderado judicial del BANCO DE VENEZUELA, S.A. BANCO UNIVERSAL, en donde desiste del presente procedimiento por Ejecución de Hipoteca, incoado en contra del ciudadano OMAR JESUS OLIVO CHACIN, plenamente identificado en autos, el Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO.- Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente, y así se decide.-
El Juez Temporal.,

Dr. Luis Alberto Rivas Silva.-
La Secretaria.,

Doris Rojas de Nadales.-

LARS/bjrv
TIPO DE SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
TIPO DE RESOLUCIÒN: DESISTIMIENTO (Auto composición procesal)