Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintinueve de junio de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BP02-F-2005-000051
Por cuanto se observa de la revisión de las actas procesales que conforman el presente expediente que la parte demandante ciudadana CARMEN ROJAS, no compareció ni por si ni por medio de apoderados judiciales, en fecha 27 de Mayo de 2005, fecha en que debió celebrarse el primer (1er) acto conciliatorio, y siendo que la misma no compareció, el Tribunal de conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 756 del Código de Procedimiento Civil, declara EXTINGUIDO el presente juicio, Se da por terminada la presente causa, y se ordena el archivo del expediente y así se decide.- Cúmplase.-
El Juez Temporal.,
Dr. Luis Alberto Rivas Silva.-
La Secretaria.,
Doris Rojas de Nadales.-
LARS/kgs
|