Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, treinta de junio de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BP02-M-2005-000098
Vista la diligencia que antecede, suscrita en fecha 21 de Junio de 2.005, por el ciudadano RAMON CORREA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 5.982.223, debidamente asistido por el abogado en ejercicio VICTOR BELTRAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 8.600, en donde desiste del presente procedimiento por COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION, incoada en contra del ciudadano CESAR DE JESUS, plenamente identificado en autos, el Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO.- Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente, y así se decide.-
El Juez Temporal.,
Dr. Luis Alberto Rivas Silva.-
La Secretaria.,
Doris Rojas de Nadales.-
LARS/kgs
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