REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, quince de junio de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BP12-S-2005-001437
Vista la solicitud presentada por la ciudadana ROSA MATILDE BETANCOURT DE GIL, venezolana, mayor de edad, y de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 8.354.267, asistido de la abogado ANURFO FEBRE inscrito en el Inpreabogado bajo el N.43.765, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de domicilio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en la calle 21 sur, de la Urbanización Francisco de Miranda de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, sobre un lote de terreno Municipal, alinderadas de la siguiente manera: NORTE. Casa de Jesús Centeno; SUR:Con casa que es o fue de Rogelio Valerio; ESTE: Con calle 21 que es su frente; OESTE: Casa que es o fue de Ramón López- Dicha bienhechuria consiste en una vivienda familiar, de paredes de bloques de cemento, techo de acerolit, piso rustico.- El valor invertido es la cantidad de VEINTE MILLONES DE BOLIVARES.- (Bs20.000.000,oo) y teniéndose presente las declaraciones de los testigos, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937, del Código de Procedimiento Civil, y dejándose a salvo los derechos de terceras personas pueden tener a prueba la mencionada justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana ROSA MATILDE BETANCOURT DE GIL ya identificada en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto devuélvanse las actuaciones a la interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL

Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA

Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA.-

Constante de siete folios útiles se devuelven originales a la interesada.-
LA SECRETARIA

Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA.-