REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, dos de junio de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO : BP12-S-2005-001077
Vista la solicitud presentada por el ciudadano TULIO JOSE CARABALLO ROSAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11966817 y de este domicilio, asistido por el abogado Eduar Aguilar, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 98284, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio sobre un vehiculo de las siguientes características: Clase: Camioneta, Tipo: Pick-up, Marca Ford, Modelo: F-100, Año. 1986, Color; Verde, Serial del Motor 6 cilindros, Serial de Carrocería L4224270IAIA6, Serial de Chasis IXF10AAJJ24270XV, Sin Placas actualmente.-.- El valor invertido es la cantidad de DOS MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 2.000.000,oo) y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos ciudadanos YRSA TERESA ESPINOZA PEREZ y NIDIA JOSEFINA CARABALLO, titulares de la Cédula de Identidad nros. 11087049 y 8397704 respectivamente, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO sobre el vehiculo que ejerce el ciudadano Tulio José Caraballo Rosas ya identificado, en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL

Abg. ELAINA GAMARDO LEDEZMA

LA SECRETARIA

Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA