REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veintiocho de junio de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BP12-S-2005-001579
Vista la solicitud presentada por el ciudadano DOUGLAS RAFAEL AGOSTINI GRATERON, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 4164347, asistida por la abogada Yumana La Rosa, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 41972, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en la calle Principal del sector Las Delicias N° 102-A ,con una superficie total de doscientos noventa metros cuadrados (290 mts2).- Alinderada de la siguiente manera NORTE: Terreno Municipal, midiendo veinte (20 mts) .- SUR: Casa que es o fue de Faustino Martínez, midiendo veinte (20 mts).- ESTE: Calle Principal, midiendo dieciséis metros con cincuenta centímetros (16,50 mts) y OESTE: Terreno Municipal, midiendo ocho metros con cincuenta centímetros (8,50 mts).-Dichas bienhechurias constante de dos plantas , la primera planta, con paredes de bloques de cemento, constante de una habitación, dos baños, una escalera, una puerta de hierro, ventanas basculantes y dos santamarias y la segunda planata: construida con paredes de bloques de arcilla, techo de acerolit, piso de cemento .- El valor invertido es la cantidad de Cinco Millones de Bolívares (Bs. 5. 000.000,oo) y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos ciudadanos JAVIER RAFAEL MILLAN y MARITZA BETANCOURT, titulares de la Cédula de Identidad nros. 12680780 y 10064060 respectivamente, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre las propiedades que ejerce el ciudadano DOUGLAS RAFAEL AGOSTINI GRATERON ya identificado, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL
Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA
Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA