REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veintinueve de junio de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO: BP12-S-2005-000876

Vista la anterior solicitud de Únicos y Universales Herederos y los anexos que le acompañan, presentada por los ciudadanos CARLOS LUIS AREYAN LLOVERA Y LUIS ENRIQUE AREYAN LLOVERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 11.000.917, Y 11.004.613 respectivamente, y domiciliados en Anaco, Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, en su condición de hijos del fallecido, ciudadano LUIS RAFAEL AREYAN , mediante el cual solicitan que sean declarados Únicos y Universales Herederos, del ciudadano LUIS RAFAEL AREYAN, fallecido Ab-intestato el día 01 de marzo de 1.998
Este Tribunal vistos los recaudos acompañados y las declaraciones de los testigos, ciudadanos JOSE RAMON FERNANDEZ E ITALO MAESTRE, plenamente identificados en las declaraciones, quienes declararon por ante este Tribunal en fecha 28/06/2005 los cuales quedaron contestes en afirmar los dichos de los solicitantes, es por lo que este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las anteriores actuaciones bastantes y suficientes para asegurarles sus condiciones de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del “de cujus” LUIS RAFAEL AREYAN, a los ciudadanos CARLOS ENRRIQUE AREYAN LLOVERA Y LUIS ENRIQUE AREYAN LLOVERA, todos plenamente identificados, en sus carácter de hijos legítimos del “de cujus” antes mencionado, quedando en todo caso a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.- Devuélvanse estas actuaciones originales a los interesados y déjese nota en el Libro Diario que lleva este Tribunal.- Así se decide.-

La Juez Temp.,

Dra. ELAINA GAMARDO LEDEZMA.
La Secretaria,

Abg. MARIANELA QUIJADA E.-