REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, uno de junio de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BP12-S-2005-001035
Vista la diligencia de fecha 13 de mayo del presente año, suscrita por el ciudadano JUAN BAUTISTA CARVAJAL CEDEÑO, en su carácter de autos, asistido por el abogado JEAN CARLOS EVANS LEON, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 98.183, mediante la cual consigna las copias fotostáticas de las cédulas de identidad de los solicitantes, el Tribunal observa: En fecha 14/04/2005, fue presentada la solicitud, acompañada con la copia certificada del acta de matrimonio de los solicitantes y, en vista de la incongruencia observada en cuanto al nombre de la solicitante, siendo que en la solicitud aparece con el nombre de JANNDA COROMOTO SOTILLO PERDOMO y en el acta de matrimonio como JANNA COROMOTO SOTILLO PERDOMO. Asimismo el Tribunal instó a los solicitantes a consignar las copias fotostáticas de sus cédulas de identidad, lo cual hicieron mediante diligencia de fecha 13/05/2005, desprendiéndose de las copias fotostáticas consignadas lo siguiente: La solicitante aparece identificada en su cédula de identidad como JANNDA COROMOTO SOTILLO PERDOMO y suscribe la misma como JANNA SOTILLO COROMOTO y se observó asimismo que suscribió la solicitud como JANNDA COROMOTO SOTILLO. Esta serie de incongruencias resultan suficientes para declarar INADMISIBLE la presente solicitud y así se decide.
LA JUEZ TEMPORAL
ANA MARIA DEL CIOPPO PEREZ
LA SECRETARIA
LAURA PARDO DE VELASQUEZ