REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, diez de junio de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO : BP12-S-2004-000450
Vista la solicitud presentada por la abogada LISETH RINCONES VILLARROEL, apoderada de los ciudadanos DOMINGO LUIS ARISMENDI, MARIA EUGENIA ARISMENDI y MILAGROS DE LOS ANGELES JIMENEZ ARISMENDI, se observa:
En el cuerpo de la solicitud, los solicitantes manifiestan que la ciudadana GLADYS ARISMENDI AGUILERA, falleció en fecha 11 de septiembre de 1997, y que deja tres (3) hijos.- Asimismo, en el particular TERCERO de la referida solicitud, se expresa: “ Si tienen conocimientote que la ciudadana GLADYS ARISMENDI AGUILERA, tuvo otro u otros hijos además de DOMINGO LUIS ARISMEN, MARIA EUGENIA ARISMENDI y MILAGROS DE LOS ANGELES JIMENEZ ARISMENDI”. Y observándose que los testigos en respuesta a ese particular estuvieron contestes en afirmar que la precitada ciudadana además de los hijos mencionados en la solicitud, dejó otra hija.- Y revisada como ha sido la copia certificada del acta de defunción de la ciudadana GLADYS ARISMENDI AGUILERA, en la cual se expresa: “…deja 4 hijos naturales de nombres: ANDREA, DOMINGO, MARIA Y MILAGROS ARISMENDI”.-
Ahora bien, tomando en consideración que nuestra Carta Magna, garantiza en su Artículo 26, el derecho que se tiene de acceder a los órganos de administración de justicia para hacer valer sus derechos e intereses, obtener una tutela judicial efectiva y una pronta decisión, es por lo que este Tribunal, a los fines de pronunciarse al respecto, insta a los solicitantes a consignar copia certificada del acta de nacimiento faltante, correspondiente a ANDREA ARISMENDI, y una vez consignada, se proveerá por auto separado.-
LA JUEZ TEMPORAL,
Abg. ANA MARIA DEL CIOPPO PEREZ
LA SECRETARIA,
LAURA PARDO DE VELASQUEZ