Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, seis de junio de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO : BP12-S-2005-000737
Vista la solicitud formulada por la ciudadana: AURA CRISTINA GOMEZ DE SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad N° 1.738.423, de este domicilio, asistida por la abogada AYSKEL PALERMO DELGADO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 30.817, mediante la cual manifiesta ser, conjuntamente con la ciudadana ROSAURA AQUILINA SANCHEZ GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.751.036, UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del extinto: EDGAR SANCHEZ GARCIA, quien era venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° 2.649.577, y quien falleció en fecha 31 de enero de 2005, vistos los recaudos acompañados, así como las declaraciones rendidas por las ciudadanas: ARCELIS RAMONA ROMERO URPIN e ISIDRA RAMONA RENDON DE MARTIN, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 2.744.746 y 2.749.830, respectivamente, el Tribunal, dejando en todo a caso los derechos de terceros, las declara UNICAS Y UNIVERSALES HEREDEROS del extinto: EDGAR SANCHEZ GARCIA.-
LA JUEZ TEMPORAL,

Abg. ANA MARIA DEL CIOPPO PEREZ



LA SECRETARIA,

LAURA PARDO DE VELASQUEZ




Evacuadas como han sido las presentes actuaciones, el Tribunal acuerda su devolución, previa la certificación de los autos.-


LA SECRETARIA.