REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO SIMON BOLIVAR

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo del Municipio Simon Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecisiete de junio de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO : BN02-L-2002-000025

Vista la TRANSACCION, suscrita entre el ciudadano Giovanni Grumiro Bucciona, Italiano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-438.358, en su condición de propietario de la Empresa Restaurant Tutti Pasta C.A (demandado), debidamente asistido por el abogado en ejercicio Pedro Cruz Irazabal López, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 26.262, y el ciudadano Miguel Castellano (demandante), titular de la cédula de identidad N° 8.298.833, asistido por la abogada en ejercicio Nayade Rosario, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 55.596, el 09 de marzo de 2005; el Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicha transacción en los mismo términos en que fue suscrita, de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.- Cúmplase.-
El Juez Temporal

Abg. Jesús Salvador Gutiérrez
La Secretaria

Abg. Carmen Calma



JSG/csh