REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, ocho de junio de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO : BP02-S-2005-002099

Visto el contenido de la diligencia de fecha seis (06) de junio de dos mil cinco (2005), incoada por el ciudadano HECTOR GUILLERMO BLANCO VILLARROEL, debidamente asistido por el Abogado en Ejercicio OSWALDO CELTA LOPEZ, parte actora en el presente asunto; mediante la cual desiste del presente procedimiento por calificación de despido, intentado contra la empresa CERVECERA NACIONAL, C.A; este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO HECHO POR LA PARTE ACTORA. Asimismo, da por terminado el presente procedimiento y acuerda el archivo Judicial del expediente. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Cúmplase.-
El Juez

Abg. Sergio Millán.
La Secretaria

Abg. Romina Vacca.

Seguidamente y en esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado. Conste.-
La Secretaria

Abg. Romina Vacca.
SM/RV/mr.-