REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, nueve de junio de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BH07-X-2005-000055

Visto el contenido de la diligencia de fecha tres (03) de junio de dos mil cinco (2005), suscrita por la Abogada YOLIMAR ROJAS PEREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 100.813, plenamente identificada en autos, mediante la cual desiste de la demanda por Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales, interpuesto contra el ciudadano SERGIO AGUIAR MENESES, y solicita copias certificadas de la totalidad del presente expediente; este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO DE ESTIMACION E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES. Asimismo, se acuerda expedir las copias certificadas requeridas en dicha diligencia. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
El Juez

Abg. Sergio Millán.
La Secretaria

Abg. Romina Vacca.
Seguidamente y en esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado. Conste.-
La Secretaria

Abg. Romina Vacca.
SM/RV/dno.-