REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diez de junio de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO : BP02-V-2005-000698
Por recibida la anterior solicitud de OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, propuesta por la Ciudadana MARY LOURDES FERRER, Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, actuando en representación de los niños JOSE GREGORIO, GABRIELA MARIA y MAXIMO JAVIER AVILA FONTALVO, de once (11), diez (10) y ocho (08) años de edad respectivamente. Désele entrada. En consecuencia, esta Sala de Juicio Nº 01, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescentes, la ADMITE cuanto ha lugar a derecho se requiere por no ser contraria al Orden Público, a las Buenas Costumbre y a ninguna Disposición Expresa de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y conforme a lo dispuesto en el Articulo 514 de la precitada Ley, cítese al Ciudadano JESUS JAVIER AVILA CUMANA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 13.169.467, domiciliado en el Sector Provisor, Calle El Final, S/N, Vía el Rincón, Estado Anzoátegui, para que comparezcan por ante éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 01, al tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, a las Diez de la mañana (10:00 a.m.), a los fines de que dé contestación a la presente Demanda. Líbrese boleta de Citación. Se advierte a ambas partes que en la misma oportunidad se verificara el Acto Conciliatorio a las 9:00 a.m. Así mismo, se acuerda la realización de sendos informes sociales en el hogar de los Ciudadanos JESUS JAVIER AVILA CUMANA y LUCILA ESTHER FONTALVO PAEZ, y la practica de sendas evaluaciones psicológicas.- Así mismo se oficiar al Jefe de Recursos Humanos de la Empresa Transporte Gallardo, a los fines de que informe a este Tribunal el sueldo mensual y demás deducciones que devenga el ciudadano JESUS JAVIER AVILA CUMANA.- Líbrese oficio y Boleta de citación.-
LA JUEZ UNIPERSONAL N° 01

DRA. GLADYS SANCHEZ DE GUZMAN

LA SECRETARIA,

ABG. ODALIS MARIN MAITA


Mill.-