REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinte de junio de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BP02-Z-2005-000177
Por recibida la anterior solicitud de ACCION DE PROTECCION, propuesta por las ciudadanas FABIOLA QUINTANA FERNANDEZ, CARMEN ALVIAREZ RODRIGUEZ y MARY LOURDES FERRER, en sus condiciones de Fiscal Décima Tercera, Undécima y Décima Quinta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, junto con los recaudos que la acompañan. Désele entrada y anótese en los libros respectivos; en consecuencia esta Sala de Juicio N° 01 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui, ordena practicar las siguientes actuaciones: citar por medio de boleta al ciudadano Alcalde del Municipio Peñalver del Estado Anzoátegui, al Presidente y demás Miembros del Consejo Municipal de Derechos del Niño y del Adolescente del Municipio Peñalver del Estado Anzoátegui, a los fines de que comparezcan por ante este Tribunal al décimo (10) día de despacho siguiente a sus citaciones, a las once de la mañana (11:00 a.m), oportunidad en la cual se celebrara la Audiencia de Juicio, con la advertencia que de acuerdo con lo establecido en el Articulo 321 de Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, podrán los requeridos dentro de los tres (3) días siguientes a su citaciones, proponer las pruebas que pretendan hacer valer, y para que expongan lo que crean conveniente acerca de la solicitud. Sobre los puntos 1 y 3 del Capitulo III de la presente solicitud, el Tribunal proveerá por autos separados. Librese boletas. Cúmplase.
LA JUEZ N° 01.
Dra. GLADYS SANCHEZ DE GUZMAN
LA SECRETARIA
Abg. ODALIS MARIN MAITAN
En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.-
LA SECRETARIA
Abg. ODALIS MARIN MAITAN