REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintidós de junio de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO : BP02-V-2005-000545
Por cuanto este Tribunal observa que en fecha 16 de Junio del 2005, dicto decisión en la presente solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento, en la cual se obvio enviar oficio al Registrador Principal del Estado Anzoátegui. En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 02, acuerda librar el correspondiente oficio.-
LA JUEZ UNIPERSONAL N° 02,
DRA. ANA JACINTA DURAN
LA SECRETARIA ACC
ABOG. LORELYS FIGUEROA
En la misma fecha del auto anterior se dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.
LA SECRETARIA ACC
ABOG. LORELYS FIGUEROA
Ajd/ca