REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintisiete de junio de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO : BP02-S-2005-001853

Vista la solicitud incoada por la ciudadana MARIA JESUS BRITO DE ALCALA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.824.208, domiciliado en Barcelona, Municipio Bolívar, Estado Anzoátegui, actuando en su propio nombre y en representación de sus hijos YANACELYS DEL CARMEN, DIOSMAN DEL CARMEN, MARDELIN NAZARETH y DIOMARLY ALCALA BRITO, mayores de edad los tres primero y de dieciséis (16) años de edad la ultima nombrada, en el cual solicitan sean declarados UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano: JESUS ESTEBAN ALCALA HERNANDEZ, quien era Venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 3.557.499, fallecido Ab-Intestato el día 19-01-2005, y visto los recaudos acompañados a la solicitud, tales como Original de las Partidas de Nacimiento, de sus hijos, Acta de Defunción del ciudadano: JESUS ESTEBAN ALCALA HERNANDEZ, Acta de Matrimonio, y las Declaraciones de la adolescente DIOMARLY ALCALA BRITO y los Testigos, ciudadanos: LUIS JOSE HERNANDEZ CALDERIN y MERCEDES MARIA CEDEÑO CARDONA, de fecha 24-05-2005, inserta a los folios Diez (10), once (11) y Doce (12) del presente expediente y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 02, en uso de sus Atribuciones Legales conferidas en el Artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y por Autoridad de la Ley, DECLARA las presentes actuaciones bastante para asegurarles a la ciudadana MARIA JESUS BRITO viuda DE ALCALA y sus hijos YANACELYS DEL CARMEN, DIOSMAN DEL CARMEN, MARDELIN NAZARETH y DIOMARLY ALCALA BRITO, viuda e hijos respectivamente, su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL DE CUJUS HOY EXTINTO JESUS ESTEBAN ALCALA HERNANDEZ, quedando a salvo los derechos de terceros.- Devuélvanse estas actuaciones originales a los interesados.- Déjese copia certificada en el tribunal y colóquese la nota de entrega en el libro respectivo.-
JUEZ UNIPERSONAL N° 02

DRA. ANA JACINTA DURAN

LA SECRETARIA ACC


ABOG. LORELYS FIGUEROA

AJD/ca.