REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, treinta de junio de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BP02-S-2005-002575
Por recibida la anterior solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana OLGA JOSEFINA SOLORZANO DE GONZALEZ, Venezolana, titular de la cédula de identidad N° V- 2.427.523, quien actúan en representación de sus hijos los niños JORGE LUIS, YORGELYS DEL VALLE, GIOMARYS JOSMER y JOSE LUIS SOLORZANO RIVERO, Asistida por el Abogado en Ejercicio RAMON JOSE TOVAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 26.917, constante de nueve (09) folios útiles. Désele entrada. Fórmese expediente y anótese en el Libro respectivo. Tómesele declaración a Dos (02) testigos que presente la parte interesada. Librese boleta de Notificación a la Fiscal Undécimo del Ministerio Publico del Estado Anzoátegui, a los fines de notificarla del inicio de la presente solicitud. Cúmplase.
LA JUEZ UNIPERSONAL SALA N° 01,
Dra GLADYS SANCHEZ DE GUZMÁN.
LA SECRETARIA,
Abg. ODALIS MARIN MAITAN.