REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, seis de junio de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BP02-S-2005-002242
Por recibida la anterior Solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES, interpuesta por los ciudadanos EVARISTO JOSE MARTINEZ FERMIN y LUISA ANGELINA ANGULO GIL, mayores de edad, cónyuges, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-12.293.866 y V-13.424.887, respectivamente, de este domicilio, asistidos por el abogado en ejercicio CARLOS ORTIZ BOLIVAR e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.579 de este mismo domicilio. Désele entrada. Admítase. Anótese en el libro respectivo. Fórmese expediente. Notifíquese del presente procedimiento a la Fiscal Décima Quinta del Ministerio Público de éste Estado. Librese boleta. Cúmplase.
El Juez Nº 01.
Abg. Gladys Sánchez de Guzmán.
La Secretaria
Abg. Odalis Marín Maitan