REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, seis de junio de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BP02-V-2005-000670.
Por recibida la anterior solicitud de GUARDA y CUSTODIA, propuesta por la ciudadana Fiscal Decimotercero del Ministerio Público, Dra. Fabiola Quintana, actuando en representación de la niña Jhosirys Antonieta Navarro Castillo, de seis (06) años de edad, junto con los recaudos que en ella se mencionan, toda constante de un (01) folio útil y nueve (09) anexos. Désele entrada. Admítase. De conformidad con el Articulo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Parágrafo Primero literal “C”, en consecuencia, cítese a la ciudadana Iris Yaquelin Castillo, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-14.167.226, domiciliada en Sector El Calvario, Callejón Iturbe, casa #29, La Vela, Municipio Colina, Estado Falcón, para que comparezca por ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 02, al tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, mas cinco (05) días que se le conceden como termino de distancia, a objeto de dar contestación a la presente solicitud. Para la práctica de la citación se acuerda exhortar suficientemente al Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Falcón, Coro. Notifíquese al ciudadano Jose Luis Navarro Castillo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-14.684.711, domiciliado en Paseo Colón, edificio Chacao, piso 14, apartamento 14-C, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, a los fines de que este presente en el acto conciliatorio que intentara la ciudadana Juez entre las partes. Se le advierte a ambas partes que en la misma oportunidad, se verificara el Acto Conciliatorio a las Diez y treinta de la mañana (10:30 A.M), y el Acto de contestación será entre las ocho y treinta minutos de la mañana y las dos y treinta de la tarde (8:30 a.m. y 2:30 p.m.). Asimismo se ordena la práctica de un informe social y evaluaciones psicológicas y psiquiatrícas en el hogar de los ciudadanos Jose Navarro e Iris Castillo, ya identificados, comisionándose para tal fin al Tribunal arriba mencionada para que practique el informe y las evaluaciones ya ordenadas en el hogar de la ciudadana Iris Castillo, ya identificada y al Equipo Técnico de este Tribunal, para que practica el informe social y evaluaciones al ciudadano Jose Luis Navarro, ya identificado. Igualmente se ordena oír la opinión de la niña Jhosirys Antonieta, ya identificada, de conformidad con lo establecido en el artículo 80 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Cúmplase.
JUEZ PROVISORIO UNIPERSONAL N° 02
DRA. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA ACC.
ABOG. LORELYS FIGUEROA.
En la misma fecha del auto anterior se dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.
LA SECRETARIA ACC.
ABOG. LORELYS FIGUEROA.
AJD/ ZG.